PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el FERNANDO NOYA MORALES,, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-22.484.417, en , contra la parte demandada Ciudadano JOHN PALACIOS, Venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Cabimas, del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales de por el Ciudadano FERNANDO NOYA MORALES,, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-22.484.417, por la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES CON SESENTA CENTIMOS ( BsF. 3.68.....