Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA: PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor del ciudadano RODRIGO SEGUNDO ZAMBRANO CENTENO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 12-05-1972, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-12.549.490, residenciado en la calle San Benito, por detrás del Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales Y Criminalísticas, al frente queda MRW, casa s/n, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, a quien la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público le imputa el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo.....