declara:
• APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de Régimen de Convivencia Familiar, suscrito por los ciudadanos HENDI GREGORIO CARIEL QUINTERO y MARY CARMEN LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 7.716.482 y 14.007.007, en beneficio de la niña (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad).-
• El Régimen de Convivencia Familiar de la niña (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), queda establecido de la siguiente manera:
1. El progenitor compartirá con la niña los días martes de 12:00 m. a 5:00 p.m., retirándola del hogar paterno, y retornándola al hogar materno, la tía paterna de la niña, ciudadana JANET QUINTERO. Así mismo, los domingos, el progenitor compartirá con su hija a partir de las 12:00 m. hasta las 6:00 p.m., retirándola y retornándola del hogar materno.
2. En cuanto a los asuetos de carnaval del año 2014, el progenitor compartirá con su hij.....