Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesta por la Sociedad Mercantil TELEFONOS CELULARES SAN FRANCISCO, C.A, inscrita ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 04 de Agosto de 1997, bajo el N° 26, Tomo 61- A, en contra la Sociedad Mercantil TELCEL BELLSOUTH, hoy día MOVISTAR, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 07 de Mayo de 1991, bajo el N° 16, Tomo 67 A-Sgdo, cuya última reforma estatutaria se halla inscrita ante el mencionado Registro Mercantil de fecha 19 de Junio de 2.000, bajo el N° 69, Tomo 143 A- Sgdo.
Se condena en costas a la parte a.....