Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.-) DESISTIDO el derecho a la Retasa solicitado por la parte demandada ciudadana MARTHA CECILIA MEDINA DE DUARTE; en consecuencia se acuerda:
2.) Verificar experticia contable acordada en la decisión proferida por esta Instancia en fecha 04 de Marzo de 2004, y confirmada por el Organo Superior de esta jurisdicción, en fallo de fecha 06 de Septiembre de 2004, como complemento de ella, tomando en consideración los índices inflacionarios de los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, para lo que a tales fijes se acuerda oficiar al Banco Central de Venezuela.
2.-) Fijar el segundo día hábil de despacho siguiente, a las once horas de la mañana, para que las partes designen expertos contables, que comenzará a transcurrir, una ve.....