Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, acuerda medida cautelar sustitutiva de libertad para el ciudadano FRANCISCO ANTONIO BRAVO FUENTES, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° 13.020.040, hijo de Benedicto Antonio Bravo y de Ángela Luisa Fuentes y residenciado en el caserío El Chivo, barrio Rómulo Gallegos, calle principal, casa s/n tipo rancho, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, a quien la Fiscal del Ministerio Público le imputa el delito VIOLENCIA FISI.....