Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, MARIA LISNEY PEREIRA PASTRAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.379.960, domiciliada en la Población de Casigua El Cubo, Sector El Carmelo, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, JORGE LUIS PARDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-18.380.064, domiciliado en la Población de Casigua El Cubo, Sector El Carmelo, Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, en favor y unció interés de su hijo: (IDENTIDAD OMITIDA) PARDO PEREIRA, de (05) años de edad,.....