Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, solicitado por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a favor de los ciudadanos ALVARADO AUGUSTO MORENO VIVAS venezolano, mayor de edad, soltero, chofer, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.299.752 residenciado en el Barrio San Benito, Casa S/N, Bobures, Estado Zulia y RAFAEL BENITO ROMERO PORTILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.950.550, residenciado en el sector Capiú Arriba, casa S/N, Carretera Panamericana a dos Casa de la Iglesia, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, p.....