Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio de REIVINDICACION seguido por la ciudadana LENNY LEONOR FREITES, en contra de la ciudadana YOHANA YOSELYN NOGUERA JIMENEZ, ambas identificado en actas, declara:
• CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Cabimas, en fecha 20 de enero de 2014; y, por vía de consecuencia,
• SE ORDENA al Juez o Jueza que corresponda, la admisión de la demanda incoada por la ciudadana LENNY LEONOR FREITES, identificada en las actas procesales, contra la ciudadana YOHANA YOSELIN NOGUERA JÍMENEZ, igualmente identificada en autos.
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