Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el procedimiento por flagrancia, de conformidad con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano EDERKIN DE JESUS SENCIAL venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad 14.736.713 fecha de nacimiento 03/08/1976, de profesión u Ocupación miembro del consejo comunal "LA PITIAS, teléfono 02628080407, hijo de MARIA SENCIAL Y JOSE ESPINA, residenciado en caserío las guardias sector las Pitias al fondo de la aldea bolivariana estado .....