CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: FRANCISCO JOSE ESCALONA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-14.448.211, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, representado por la Abogada en ejercicio NILDA ROBERTIZ DE PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 28.992, en contra de la ciudadana MERY GUADALUPE ARIAS, quien es venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-15.974.377, representada por el Abogado en ejercicio ALBENIS URRIBARRI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.213 y con domicilio en el Municipio Cabimas del Estado Zulia y en consecuencia disuelto el matrimonio civil que estos contrajeron en fecha Veintiséis (26) de Septiembre del año Mil Novecientos Noventa y Siete (1.997), por ante la Prefectura del Municipio Cabimas del Estado Zulia.
b) Los niños: (cuyos nombres se omiten en razón de lo dispuesto por el Artículo 65 de la Ley Orgánica.....