Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del imputado ARCELIS ENRIQUE FRANCO, de nacionalidad venezolana, natural de Caja Seca, Municipio Sucre, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 12-07-51, de 55 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad N°. 5.271.327, hijo de ANTONIO RAMON MANTOCINA y de IRELMA LUISA TODO (D), y con residencia en la Urb. José León Mijares, calle 178, casa N° 49G-07, de tras del liceo Juan Idario Bocet, San Francisco, del Estado Zulia, por la comisión del delito de CORRUPCION DE MENORES, previsto y sancionado en el articulo 387 del Codigo Penal Venezolano y ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 376 ejusdem en perjuicio de la Adolescente DAILIA.....