Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado EDGAR ENRIQUE ARENAS CASTILLO, Indocumentado, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de Nacimiento 22-11-84, de 23 años de edad, soltero, hija de Edgar Arenas y Edistrude Castillo, residenciado en Sector La Montañita, calle principal, diagonal al deposito los hermanos peña, también puede ser localizado en: avenida 65 con calle 64, casa N° 99-05, sector Guaicaipuro, diagonal al colegio primero de mayo o también en el Barrio Felix Hernández (invasión) calle 2 D, N° 13-63, Vía La Concepción, Municipio Jesús Enrique Losada; quien fue condenado en fecha 07-02-2006, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02.....