Por los Fundamentos antes Expuestos, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA INVESTIGACIÓN llevada por el Ministerio Público, solicitada por la Defensa a favor del imputado ANTONIO SEGUNDO VILLASMIL MENESES de nacionalidad venezolano, natural de la cañada de Urdaneta del Estado Zulia, fecha de nacimiento: MANIFIESTA NO SABERLA, de 33 años de edad, de estado civil soltero , de profesión u oficio pescador, Titular de la Cédula de identidad N° 22.232.046, hijo de DELIA MARIA MORAN MENESES Y JOSE ANGEL VILLASMIL BARBOZA, y con residencia en la Cañada sector o barrio el Semeruco, al lado de una barrillera de evangélicos, casa o en la Cañada sector o barrio el Semeruco, Brisas del lago, en toda la vìa principal, casa tipo rancho, al lado de una tiendita de víveres del señor LUIS E.....