En mérito a las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la entrega material del vehículo CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: MAZDA, MODELO: MAZDA 3, AÑO: 2.007, COLOR: PLATA, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR, PLACAS: VDD95K, SERIAL DEL MOTOR: LF68864495, SERIAL DE CARROCERIA: 9FCBK45L370000688, requerido por el ciudadano GABRIEL ALEJANDRO MARQUEZ LOPEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 17.806.539, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal. A tales efectos líbrese oficio al Coordinador del Departamento de Alguacilazgo, a fin de que remita las correspondientes boletas de notificación.- Regístrese la presente decisión en los libros respectivos. De manera que rectificado como ha sido el error involuntario de trascripción en los da.....