Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal de la Homologación de la Transacción, en la demanda por Cobro de Bolívares (Intimación), que intentó el apoderado judicial abogado RICARDO CRUZ BAVARESCO, de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, en contra del ciudadano HENRY ANTONIO RIVAS ROMAN, plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo, impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
Sin embargo, este Tribunal, se abstiene de ordenar el cierre y archivo del presente expediente hasta tanto estén cumplidas a cabalidad todas y cada una de las obligaciones suscritas en la presente acta de homologación. ASÍ SE DECIDE.-