Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve:
1. IMPROCEDENTE el FRAUDE PROCESAL denunciado en actas por la ciudadana ANA YDA FRANCO CRESCENZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.926.529, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, parte querellante, contra el ciudadano CARLOS NAGEL MARKOVIC, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.403.895, del mismo domicilio.
2. SIN LUGAR LA PRESENTE DEMANDA DE QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA incoada por la ciudadana ANA YDA FRANCO CRESCENZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.926.529, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano CARLOS NAGEL MARKOVIC, venezolano, mayor de edad, titular de la .....