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Decisiones del dia 31/01/2014 |
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N° Expediente :
5462
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N° Sentencia :
07
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Fecha: 31/01/2014 |
Procedimiento: Declaracion De Unicos Y Universales Herederos |
Partes: SOLICITANTE: SARA EMILIA FRNANDEZ GIL. |
Resumen:
PAR TE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este Juzgado de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, a la ciudadana AYLEN MARÍA ESPINA FERNANDEZ, a los adolescentes (Identificación omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y al adolescente (Identificación omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ESPENCER ANTONIO ESPINA MORALES, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.705.490, el cual falleció Ab-intestato en Jurisdicción del Municipio Mara del Estado Zulia, el día primero (01) de julio de de dos mil doce (2012), según se evidencia del acta de defunción Nº 96 emanada del Registro Civil de la Parroquia Ricaurte del Municipio .....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
22975
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N° Sentencia :
48
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Fecha: 31/01/2014 |
Procedimiento: Fijación De Pensión Alimentaria, Bonos Y Pagos |
Partes: JOSE CONTRERAS, GLADYS ELENA MEDINA ORTIZ |
Resumen:
CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE PENSIÓN DE MANUTENCIÓN, propuesta por el ciudadano JOSE CONTRERAS, en contra de la ciudadana GLADYS ELENA MEDINA ORTIZ, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN VIRTUD A LO PRECEPTUADO POR EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES); ya identificados, por lo que atendiendo al derecho a un nivel de vida adecuado expresado en el artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y al interés superior del adolescente de autos, y a la capacidad económica del obligado alimentario, fija como pensión de manutención mensual previa deducciones legales y contractuales, la cantidad equivalente al TREINTA y TRES PUNTO TREINTA y TRES POR CIENTO (33,33%) del salario integral percibido por el referido ciudadano como trabajador al servicio de CORPOELEC; que para la fecha de la emisión de la comunicación que consta en actas, asciende previa deducciones legales y contractuales a la cantidad d.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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