Vista la solicitud de, RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO, presentada por la CIUDADANA, ISABEL MARÍA DOS SANTOS RIBEIRO PINHO, portuguesa, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. E-80.453.201, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSÉ ALVAREZ CARABALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.928, y por cuanto este Tribunal considera que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En la referida solicitud, la ciudadana anteriormente identificada, pide ante este Tribunal, mediante el presente procedimiento, la rectificación de su respectiva partida de matrimonio. El error denunciado por la solicitante consiste en que, al momento de asentarse su nombre, en el acta de matrimonio, se transcribió sus apellidos como "SANTOS RIBEIRO PINCHO", cuando lo correcto es, "DOS SANTOS RIBEIRO PINHO", evidenciándose un error material del mismo. Pa.....