Acuerda: Expedir Orden escrita de ALLANAMIENTO, con una duración de Siete (07) días continuos para que el Fiscal del Ministerio Público y funcionarios adscritos al Destacamento 33 de la Guardia Nacional, acantonados en esta ciudad de Cabimas, Estado Zulia, para que obrando en forma conjunta o separadamente ingresen a dicho inmueble y procedan al registro del mismo., ubicado en: La carretera "L", con Avenida 31, Barrio Libertador, casa No. 56 en la Parroquia JORGE HERNANDEZ, en Jurisdicción de esta ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia. donde reside el ciudadano: JOSE ANTONIO MONTENEGRO, lo cual constituye una actuación necesaria a fin de esclarecer los hechos que investiga la Fiscalía 43°, por la presunta comisión del Delito Contra las Personas (HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION), todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 202 y 210 del Código Orgánico Procesal Penal.