En mérito a los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda NEGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en fecha 07.10.2005 al ciudadano NELSON ANTONIO FRANCO LÓPEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Oficial Mayor de la Policía Regional del estado Zulia, dijo ser portador de la Cédula de Identidad Nº 5.826.572, de 51 años de edad, de estado civil casado, hijo de ELI SAUL FRANCO (D) y MARIA CH. LOPEZ DE FRANCO (D), fecha de nacimiento 14.09.1954, residenciado en el barrio 18 de octubre, calle O, avenida 6 y 7, casa N° 7-37, a media cuadra de la Agencia de Loterías la Catira, teléfono 0261-7482339; y MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en contra del referido imputado, por la presunta comi.....