Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, decreta medida cautelar sustitutiva de libertad para el ciudadano ANDRES NEOMAR SOLARTE BUCKO, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caja Seca, Estado Zulia, fecha de nacimiento 30-05-1979, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.927.821, soltero, productor agropecuario, hijo de Ramón Antonio Solarte y de Victoria Elena Bucko, residenciado en la calle La Alcaldía, casa Nº 92, a una cuadra mas arriba de la Alcaldía, Nueva Bolivia, Estado Mérida, teléfono Nº 0414-9622856, a quien la Fiscal del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del de.....