Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución y de Medida de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA a favor del ciudadano JOSE FELIPE VILLA GONZALEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Sin Identificación Personal, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Israel Villa y Rosa González, residenciado en La Polar, Barrio 17 de Diciembre, calle 205, casa Nª 48N-26, Vía la Cañada, Municipio San Francisco, Estado Zulia, a quien le fue acordada la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; por haber superado de manera satisfactoria el régimen de prueba impuesto por este Tribunal de Ejecución, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Código Penal y 495 del Código Orgánico.....