Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado HANS NOETZLIN GALBAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.186, contra la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido de manera Mixta, extensión Santa Bárbara del Zulia, en fecha 15 de Diciembre de 2004, en el juicio seguido al ciudadano ADAN ANTONIO GUERRERO BENITEZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara del Zulia, titular de la cédula de identidad N° 11.045.608, de 36 años de edad, soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Hugo Fernando Guerrero Mendoza y de Josefa Benítez de Guerrero, residenciado en el Guayabo, calle Luis Hurtado Higuera, N° 44, Municipio Catatumbo .....