Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar la solicitud fiscal y, por vía de consecuencia, resuelve: PRIMERO: decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSE CORNELIO PEÑALOSA MOLINA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, fecha de nacimiento 14/09/1965, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.897.745, viudo, comerciante, hijo de SILVEIRO PEÑALOZA y de MARIA MOLINA (D), y residenciado frente al Cementerio, calle 2, a la derecha, y a su vez al lado de la Policía Municipal de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, teléfono 0426-3694990, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgáni.....