Por los fundamentos expuesto este JUZGADO DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 267 del Codito de Procedimiento Civil, declara perimida la instancia en la presente demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguida por la ciudadana MARY MORA DE MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-5.509.822, domiciliada en el Vigía Municipio Alberto Adriani, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.388, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil denominada "MERCANTIL ZAMBRANO C.A. (MERZANCA)", contra el ciudadano JOHNATAN FLORES ORDOÑES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.651.690, domicilio en Santa Bárbara Estado Zulia.-
No hay condenatoria en costas de conformidad con el Artículo 283 .....