DECLARA:
¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Visitas, de fecha 19 de Junio de 2006, celebrado por los ciudadanos WURNA JOSE GUANIPA TOYO y JOSETH COROMOTO PAEZ PINO, en beneficio del niño YORMAN JESUS GUANIPA TOYO y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Se ordena oficiar a la Policía Regional del Estado Zulia, a los fines de que se sirvan prestar la colaboración para que un agente policial se traslade junto al ciudadano WURNA JOSE GUANIPA TOYO para que visite al niño YORMAN JESUS GUANIPA TOYO, en cuatro bocas, el cual será llevado y entregado por su progenitora la ciudadana JOSETH COROMOTO PAEZ PINO, dicha entrega deberá ser supervisada por el agente policial, asimismo, acompañará en lo sucesivo al día siguiente, es decir, el día domingo al progenitor para que el mismo haga entrega del niño a su progeni.....