DECLARA:
Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación de Manutención, de fecha (25) de Enero de 2.010, celebrado por los ciudadanos NORELIS MORAN y JOHAN MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N ° V - 16.187.783 y V ¿ 15.624.727, respectivamente, asistida la primera por la Defensora Pública Séptima, Especializada, abogada ANNA MARIA POLANCO, y el segundo por la Defensora Pública Décima Novena Especializada, abogada MARIA OBERTO, en beneficio de la niña YORDANIS MARIA MEDINA MORAN, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión. Se ordena expedir copias certificadas solicitadas Publíquese. Regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juez Titular Unipersonal Nº 1, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Ni.....