Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Jueza Segunda de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RECTIFICA el nombre de la niña el cual quedó establecido en su partida de nacimiento y su identidad es identidad omitida; hija de la ciudadana Maurielba José del Valle González Velásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.26.625.350 y del ciudadano Laurel Alberto Chang Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.10.933.802, respectivamente.
Publíquese y Regístrese.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes d.....