Decisiones del dia 28/05/2004 
				   
				 
	
				  
			 
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-7581-4.  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-7581-4.  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
Conforme a los razonamientos tanto de hecho como derecho  previamente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY DECIDE: PRIMERO: a tenor de lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 2º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, se admitió la Acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público, en contra del imputado WILFREDO GERMA LOPEZ GUEVARA, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 Ordinal 3ª Y 4ª en relación con el  artículo  80  del  Código  Penal  y  los  Medios  de  prueba  ofrecidos  por  las  partes. SEGUNDO: Se le concede una Medida Cautelar, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y su inmediata libertad, sometiéndolo a un régimen de presentación cada ocho (08) días, por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal,.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-8255-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-8255-04  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: Se autoriza  de conformidad con lo establecido en el artículo 373 de la Ley Adjetiva Penal  continuar la investigación por la vía del procedimiento ordinario, por cuanto la Fiscal Del Ministerio Publico ha manifestado en este acto, que faltan actuaciones por practicar. SEGUNDO: Revisadas como han sido todas las actuaciones policiales que integran el expediente, quien aquí decide, estima que nos encontramos ante la presencia de un hecho punible cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita y  que podría merecer como sanción pena privativa de libertad, en atención a lo establecido en el numeral 1 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y cuyo tipo penal se halla descrito en el artículo 453 del Código Penal, como lo es el delito HURTO SIMPLE. TERCERO: Considera este Tribunal, respecto al requisito establecido en el ordinal segundo del artículo 250 de la Ley Adjetiva Penal, que existen suficientes elementos de convicción que hacen considerar que el hoy imputado L.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-8257-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-8257-04  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: Se autoriza  de conformidad con lo establecido en el artículo 373 de la Ley Adjetiva Penal  continuar la investigación por la vía del procedimiento ordinario, por cuanto la Fiscal Del Ministerio Publico ha manifestado en este acto, que faltan actuaciones por practicar. SEGUNDO: Revisadas como han sido todas las actuaciones policiales que integran el expediente, quien aquí decide, estima que nos encontramos ante la presencia de un hecho punible cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita y  que podría merecer como sanción pena privativa de libertad, en atención a lo establecido en el numeral 1 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y cuyo tipo penal se halla descrito en el artículo 453 del Código Penal, como lo es el delito HURTO SIMPLE. TERCERO: Considera este Tribunal, respecto al requisito establecido en el ordinal segundo del artículo 250 de la Ley Adjetiva Penal, que existen suficientes elementos de convicción que hacen considerar que el hoy imputado O.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-8258-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-8258-04  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: Que de las actas de investigación no se acredita elementos para presumir la intención del imputado de cometer  hecho punible alguno; de conformidad con nuestro Ordenamiento Jurídico, nadie podrá ser privado de su libertad por obligaciones cuyo cumplimiento no haya sido definido por la Ley como delito o falta; así mismo de las mismas actas se desprenden que como resultado de las diligencias practicadas, el hecho no reviste carácter penal; la descripción de los hechos punibles en el Código Penal, determina el campo de licitud jurídica en el campo penal, nadie puede ser penado por un hecho no previsto por la Ley como punible. Los jueces, al declarar comprobado el cuerpo del delito, deben establecer los hechos y encuadrarlos en el Tipo previsto en la Ley, como garantía para el ciudadano de que los hechos que le son imputados acarrean sanciones como consecuencia necesaria una sanción penal; en virtud del aforismo NULLUM CRIMEN SINE LEGE; NULLA POENA SINE LEGE, principio que consagr.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-8256-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-8256-04  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: Que de las actas de investigación no se acredita elementos para presumir la intención del imputado de cometer  hecho punible alguno; de conformidad con nuestro Ordenamiento Jurídico, nadie podrá ser privado de su libertad por obligaciones cuyo cumplimiento no haya sido definido por la Ley como delito o falta; así mismo de las mismas actas se desprenden que como resultado de las diligencias practicadas, el hecho no reviste carácter penal; la descripción de los hechos punibles en el Código Penal, determina el campo de licitud jurídica en el campo penal, nadie puede ser penado por un hecho no previsto por la Ley como punible. Los jueces, al declarar comprobado el cuerpo del delito, deben establecer los hechos y encuadrarlos en el Tipo previsto en la Ley, como garantía para el ciudadano de que los hechos que le son imputados acarrean sanciones como consecuencia necesaria una sanción penal; en virtud del aforismo NULLUM CRIMEN SINE LEGE; NULLA POENA SINE LEGE, principio que consagr.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-8323-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-8323-04  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: Que de las actas de investigación no se acredita elementos para presumir la intención del imputado de cometer  hecho punible alguno; de conformidad con nuestro Ordenamiento Jurídico, nadie podrá ser privado de su libertad por obligaciones cuyo cumplimiento no haya sido definido por la Ley como delito o falta; así mismo de las mismas actas se desprenden que como resultado de las diligencias practicadas, el hecho no reviste carácter penal; la descripción de los hechos punibles en el Código Penal, determina el campo de licitud jurídica en el campo penal, nadie puede ser penado por un hecho no previsto por la Ley como punible. Los jueces, al declarar comprobado el cuerpo del delito, deben establecer los hechos y encuadrarlos en el Tipo previsto en la Ley, como garantía para el ciudadano de que los hechos que le son imputados acarrean sanciones como consecuencia necesaria una sanción penal; en virtud del aforismo NULLUM CRIMEN SINE LEGE; NULLA POENA SINE LEGE, principio que consagr.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2C-8322-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2C-8322-04  
						  
						  Fecha: 28/05/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: PRIMERO: Tomando en consideración lo expuesto por el Fiscal del Ministerio Público y la Defensa se establece que al no determinarse la participación del Ciudadano MARTIN RAFAEL SALAZAR ZABALA, se le decreta la LIBERTAD PLENA. SEGUNDO: Que de las actas de investigación no se acredita elementos para presumir la intención del imputado de cometer  hecho punible alguno; de conformidad con nuestro Ordenamiento Jurídico, nadie podrá ser privado de su libertad por obligaciones cuyo cumplimiento no haya sido definido por la Ley como delito o falta; así mismo de las mismas actas se desprenden que como resultado de las diligencias practicadas, el hecho no reviste carácter penal; la descripción de los hechos punibles en el Código Penal, determina el campo de licitud jurídica en el campo penal, nadie puede ser penado por un hecho no previsto por la Ley como punible. Los jueces, al declarar comprobado el cuerpo del delito, deben establecer los hechos y encuadrarlos en el Tipo previsto en la Ley, com.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yolanda Cardona Marín 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2