Analizados los hechos alegados por las partes y los fundamentos de Derecho, así como las pruebas promovidas, e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INQUISICION DE PATERNIDAD, incoada por la ciudadana RUTH LIZARET GOLINDANO ALVARADO , titular de la cédula de identidad Nro. V-17.548.250, en contra del ciudadano RAMON ANTONIO PEÑALVER, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.619.144, y por consiguiente queda establecida la filiación paterna del niña DE QUIEN SE OMITE SU IDENTIFICACION DECONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDOEN EL ARTICULO 65 DE LA LEYORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, por lo que ahora en adelante se llamará DE QUIEN SE OMITE SU IDENTIFICACION DECONFORMIDAD CON LO ES.....