REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 28 de abril de 2014.
203º y 155º

ASUNTO: NP11-G-2013-000148

Visto el escrito presentado en fecha 14 de abril de 2014, por la abogada Yumiko Nakada Herrera, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.693, actuando en su carácter de Sustituta del Procurador General del Estado Monagas como parte querellada, con el cual promueve las pruebas, en la causa signada con el Nº NP11-G-2013-000148 contentivo de la QUERELLA FUNCIONARIAL, interpuesta por la ciudadana NOHORIS HELLILDA ACOSTA GONZALEZ, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MONAGAS.

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento acerca de la admisibilidad o no de los medios probatorios promovidos en el escrito presentado por la parte querellada, la cual pasa a decidir en los siguientes términos:

I
DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA

En cuanto a la promoción realizada en el escrito probatorio, la mencionada abogada promueve, opone y consigna a favor de la parte querellada, copia certificada del expediente administrativo personal-historial, correspondiente a la ciudadana Nohoris Hellilda Acosta González, titular de la cédula de identidad Nº V-5.745.705, el cual ya fue consignado en su oportunidad en copias debidamente certificadas; este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro. En Maturín a los veintiocho (28) días del mes de abril del Año Dos Mil Catorce (2014). Año 203º de la Independencia y 155º de la Federación.-
La Jueza

MARVELYS SEVILLA SILVA
El Secretario,

JOSÉ ANDRÉS FUENTES


MSS/JAF/rl.-
Asunto NP11-G-2013-000148