a. Amplia la sentencia interlocutoria No. 138, dictada por este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio ¿ Juez Unipersonal No. 4, en fecha 22 de julio de 2011, en cuanto al cambio de domicilio de la niña (se omiten los nombres de los niñas, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), a la Isla de Bonaire, tal como acordarán sus progenitores, los ciudadanos FERNANDO EUGENIO NAVA BRAVO y ELSI JOSEFINA SOTURNO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.002.272 y V-15.765.183 respectivamente; debiendo realizarse dicho cambio de domicilio en compañía de su padre, el ciudadano FERNANDO EUGENIO NAVA BRAVO.-
b. Ratifica en todos sus términos la decisión dictada en la mencionada sentencia de fecha 22 de julio de 2011, mediante la cual se acordó el régimen de convivencia familiar, en interés y beneficio de la niña (se omiten los nombres de los niñas, niñas y.....