Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescente, Homologa el desistimiento formulado en Audiencia Preliminar de Mediación y Sustanciación, de fecha 26 de julio de 2011, por la incomparecías de las partes en litigio ciudadanos INGRID NAIROBI MORON LABRADOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-15.598.388 y MIGUEL ANGEL ALVAREZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.137.867, respectivamente, y en consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo J.....