PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana MABEL MARIA RIERA NIÑO, y a sus hijos, los ciudadanos, OSCAR JAVIER y JOSMAN JOSE PEROZO RIERA, así como a la adolescente de autos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: JOAN JAVIER PEROZO MEDINA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.893.417, y que falleció Ab-Intestato en fecha veintitrés (23) de agosto de dos mil quince (2015), según se evidencia de copia certificada del Registro de Defunción Nº 49, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia San Benito, del municipio Cabimas del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, reg.....