En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos LUIS RICARDO GUEDEZ RUIZ y CARMEN ROSA ILDEFONSO FERNÁNDEZ, el día veintidós (22) de mayo del año mil novecientos ochenta y seis (1.986), por ante la Oficialía del Estado Civil, de la segunda circunscripción del Distrito Nacional, en la Ciudad de Santo Domingo, Republica Dominicana, según acta de inserción signada con el No. 191.-
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos.-
Publíquese, Regístrese.- Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformi.....