Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un bien inmueble constituido por una superficie de terreno que tiene un área aproximada de trescientos setenta y seis metros con doce centímetros (376, 12mts) y cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte: veintidós metros con treinta centímetros (22,30mts) y linda con propiedad de la compradora; Sur: veintitrés metros con trece centímetros (23,13mts) y linda en cinco metros con sesenta centímetros (5,60mst) con la calle 76 y en diecisiete metros con cincuenta y tres centímetros (17,53mts) con propiedad que fue o es de la galletera independencia C,A; Este: catorce metros con cuarenta centímetros (14,40mts) y linda con la avenida 3D y Oeste: treinta y un metros con treinta y tres centímetros (31,33mts) y linda con propiedad de la compradora, ubicado e.....