Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: ACUERDA declarar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y por ello ordenar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano JOSE ENRIQUE AGUILAR OLMOS, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 19-04-60, de 51 años de edad, Titular de Cédula de Identidad Nº V.- 7.794.424, Casado, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en el Sector Mundo Villa (San francisco) # 43-21, Municipio San Francisco, estado Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, donde resulto víctima la ciudadana: GINETTE PATRICIA TORRADO D.....