Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: ACUERDA declarar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y por ello ordenar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano MARIO ENRIQUE SANCHEZ DUQUE, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 05-12-78, de 32 años de edad, Titular de Cédula de Identidad Nº V.- 13.932.925, Soltero, de profesión u oficio Técnico en Informática, domiciliado en Sector Nueva vía, Calle 89B, con avenida 23, Casa 19B-90, Municipio Maracaibo, estado Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionado en los Artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, donde resulto víctima la ci.....