Obligación de Manutención: El padre se compromete a pasarle a su hijo la cantidad de Trescientos Bolívares (Bs. 300,00) semanal, lo que sumara un total de Un Mil Doscientos Bolívares (BS. 1200,00) mensuales, esta cantidad será cancelada en víveres. Ambos padres aportaran el 50% de los demás gastos como: Medicinas, Consultas, Exámenes, Rayos X, Útiles, Uniforme, Colegio, Vivienda, Deporte, Recreación, Cosméticos, etc., y un Bono de fin de año de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) anuales para ropa, calzado y Juguete. Régimen de Convivencia Familiar: El padre compartirá con su hijo los días sábado de 01:00 p.m. hasta las 05:00 p.m. Los días domingos desde las 09:00 a.m. hasta as 06:00 p.m. El padre deberá resguardar la seguridad e integridad física de su hijo durante la convivencia. En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la.....