PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Jueza Unipersonal Nº 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos BEATRIZ CHIQUINQUIRA FUENMAYOR DE OCHOA Y CARLOS ALBERTO OCHOA BRACHO, ya identificados.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron los referidos ciudadanos, ante el Prefecto Civil y Secretario, respectivamente, del Municipio San Francisco del Distrito Maracaibo (hoy, Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco) del Estado Zulia, en fecha ocho (08) de Mayo de mil novecientos ochenta y dos (1982), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 359, expedida por la misma.
c) De conformidad con lo establecido en .....