declara:
1.- CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano MARBIN ANTONIO CHIRINO TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.632.295, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio JESSUDY SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 112.541, en contra de la ciudadana MAYERLIN MARIA VALERO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-22.136.594, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, y en relación con el niño (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de 2 años de edad, conforme a lo establecido en el artículo 185 ordinal segundo del Código Civil, relativo al abandono voluntario, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Registrador Civil, parroquia La Rosa del municipio Cabimas del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Registro de Matrimonio Ac.....