Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, instruida en contra del ciudadano: SANDRO PORTO, titular de la cédula de identidad N°V.-E.-82.045.506, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 17 y 16 de la Ley Sobre La Violencia Contra La Mujer y La Familia, vigente para el momento que ocurrieron los hechos, cometidos en perjuicio de la ciudadana: MICHELLE MARIA CALDERON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº,-V.-15.841.630, residenciada en El Sector Panamericano, avenida 91, calle 63ª Bolívar, casa 91-65 Barrio La Conquista, .....