Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha nueve de diciembre del 2016, presentada por los ciudadanos CARLOS EDGARDO PETIT URBINA y OLGA ELIZABETH PRIMERA URBINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. V- 11.769.239 y V-10434.197, respectivamente, domiciliado el primero en el Municipio Carirubana del Estado Falcon y la segunda en el Municipio Maracaibo Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio Fabiola Marcano, inscrita en el inpreabogado No. 126.740, en razón de esto, SE DISUELVE EN DIVORCIO, el vinculo.....