En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, en el presente juicio de DIVORCIO, seguido por VERA JUDITH ESTRADA RUIZ contra PEDRO ARGENIS GOMEZ LAREZ, ya identificados, por ante este Juzgado, en fecha 14 de Febrero de 2011, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
b) Se suspende la medida de Embargo decretada por este Tribunal, la cual fue ejecutada en fecha 19 de Octubre de 2010, por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se ordena oficiar a la empresa P.D.V.S.A, haciéndole la debida participación. Ofíciese.
c) Se ordena el Archivo del presen.....