Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Décimo Decimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA CADUCIDAD del recurso de invalidación propuesto por las Sociedades Mercantiles PEPE GANGA, C.A., WOOLWORTH PARA TODA LA FAMILIA, C:A., FULL GANGA 2002, C.A., D´ LORENZ FASHION 2005, C.A., y el ciudadano JOSE IGLESIAS LORENZO, todos suficientemente identificados en actas, representados judicialmente por sus Apoderados Judiciales Abogados: MANUEL GOVEA LENINGER y JUAN RUBEN GOVEA LENINGER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-1.636.873 y V-7.807.148, e inscritos en el Inpreabogado bajo los No. 2.267 y 40.729, respectivamente, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de éste Circuito Judic.....