Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la acción de DESALOJO Y COBRO DE BOLÍVARES, intentada por el ciudadano GILBERTO BERMÚDEZ ADRIANZA, en contra del ciudadano LUIS GUILLERMO CRISTALINO ALBARRAN, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se ordena a la parte demandada desalojar el inmueble constituido por la casa-quinta denominada Jassy, situada en la calle 68, entre avenidas 19 y 20, signada con el número 19-54, en el sector Indio Mara, en jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y entregárselo a la parte demandante.
2) Se condena a.....