DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JORGE ELIECER BRAN CABALLERO, Colombiano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad 8.573-197, fecha de nacimiento 17-12-1972, de profesión agricultor, hijo de ROSINA CABALLERO Y DE JORGE BRAN, Sin Residencia definida en el País, Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 de.....