2. CON LUGAR: la acción incoada por la ciudadana MARIA HAYDEE CHAFLOQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.176.855, domiciliada en el Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, representada por los abogados NORA BRACHO MONZANT, ROBERTO DEVIS SÁNCHEZ y HÉCTOR DANILO DUARTE, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 26.643, 25.591 y 26.073, domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo de Maracaibo Estado Zulia; en contra del ciudadano TONY RAMÓN CABRITA ORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.199.365 y de este domicilio, asistido por la abogado PAMELA CELEDON, venezolano, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado N° 114.761, con ocasión al juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN. Por lo que se ordena a la parte demandada hacer pago efectivo a la parte demanda por la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 2.244.000,oo), por los conceptos alegad.....