PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el profesional del Derecho LUIS BELTRAN FUENTES GONZÁLEZ, actuando en su carácter de Defensor Público de los imputados ENRIQUE ALEXANDER HERRERA GONZÁLEZ y DAVID ANTONIO BERMÚDEZ VARGAS, en contra de la decisión dictada en Audiencia de Presentación de Aprehendido y Calificación de Flagrancia, de fecha 21 de septiembre de 2015 y fundamentada en fecha 24 de septiembre de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano Nueva Esparta, mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados ut supra, por la presunta comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO, AGAVILLAMIENTO y LESIONES GENÉRICAS, previstos y sancionados en los artículos 456, 286 y 413 respectivamente del Código Penal y USO DE ADOLESCENT.....